Atención a la Dependencia

A QUIÉN VA DIRIGIDO

Serán titulares de los derechos establecidos en la ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en Situación de Dependencia, los españoles que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
  2. Residir en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Las personas que reuniendo los requisitos anteriores carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

 

Reconocimiento de la situación dependiente y del derecho de prestaciones, sistema para la autonomía y atención a la dependencia

 

FINALIDAD

Garantizar a la ciudadanía un marco estable de recursos y servicios para la atención a la dependencia.

EN QUÉ CONSISTE

En dar respuesta a la situación en que se encuentran las personas por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, que precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros apoyos para su autonomía personal.

CÓMO SE ACCEDE

El procedimiento para tramitar el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se inicia a instancia de parte mediante la presentación en el Registro General y Registros Auxiliares del Ayuntamiento de Sevilla de una solicitud en el modelo oficial existente al respecto junto con el DNI del solicitante, o en su caso de su representante legal, y el certificado de empadronamiento.

PARA MÁS INFORMACIÓN

Contactar con los Centros de Servicios Sociales de la ciudad de Sevilla.