Procedimiento y Requisitos para admisión de nuevas vocalías del Consejo Municipal de Sevilla de Atención a Personas con discapacidad

El Ayuntamiento en Pleno de la Ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2022, aprobó definitivamente la modificación parcial del REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SEVILLA DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, en los siguientes términos:


1.-Incorporar a la Dirección General con competencias en materia de discapacidad, como sustituta de la Vicepresidencia del Consejo.

2.- Incorporar una nueva vocalía de Entidades que representen a personas del Espectro del Autismo en el Art 9. Del Pleno.

3.-Ampliar el nº de vocalías representantes de Entidades Sociales a 2 por cada tipo de discapacidad.

4. Ningún representante podrá serlo de más de una entidad.

En virtud de esta modificación, la representación de las entidades sociales que formarán parte del Pleno del Consejo Municipal de Sevilla de Atención a las Personas con Discapacidad quedará de la siguiente forma, según su artículo 9 modificado:


9.e) Dos Vocalías en representación de las Entidades de Personas con Discapacidad Física inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana.

9.f) Dos Vocalías en representación de las Entidades de Personas con Discapacidad Psíquica inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana.

9.g) Dos vocalías en representación de las Entidades de Personas con Discapacidad Mental inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana

9.m) Dos vocalías en representación de las Entidades de Espectro del Autismo inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana

9.h) Dos vocalías en representación de las Entidades con Discapacidad Sensorial inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana


PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DE NUEVAS VOCALÍAS. REQUISITOS Y CRITERIOS DE DESEMPATE

Con la ampliación de las vocalías aprobadas en la modificación del Reglamento del Consejo, se procede a abrir un plazo de presentación de candidaturas a las mismas, teniendo que cumplir las entidades los siguientes requisitos:

a) Ser asociaciones o entidades que tengan como objeto social materias coincidentes con el ámbito de actuación del Consejo.
b) Residir en el término municipal de Sevilla
c) Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades.
d) La incorporación al Consejo de una Federación o Confederación excluye a la de sus miembros por separado.
e) Acreditar documentalmente el ejercicio de actividad relacionada con su objeto social en la ciudad de Sevilla, de al menos un año, en el momento de solicitar su inclusión en el Consejo.
f) La solicitud de ingreso en el Consejo se dirigirá a la Alcaldía y será remitida por la presidencia de la Entidad, debiendo hacerse constar en la misma:


• Nombre completo de la entidad.
• Materia específica que le afecta en el ámbito del Consejo.
• Número de inscripción en el Registro Municipal de Entidades.
• Nombre completo de la persona que será el/la representante y suplente de éste/a en el Pleno.
• Una copia de los Estatutos en vigor.
• Un ejemplar de la memoria de actividades de la entidad del último año.
• Acreditación documental de su actividad en Sevilla (mínimo con antigüedad de un año).


En caso de que existan más de una solicitud por vocalía a cubrir se aplicarán los siguientes criterios de desempate:


• Aquellas en las que al menos un tercio de su Junta Directiva sean personas con discapacidad y/o familiar. Hasta un máximo de 8 puntos.
• Aquella que tenga un mayor grado de representatividad, bien porque tenga un nº de socios/as mayor o por que forme parte de una Federación o Confederación que aglutine a más de una entidad social. Hasta un máximo de 8 puntos. Según los intervalos:


• De 1 a 50 soci@s: 2 puntos
• De 51 a 100 soci@s: 4 puntos
• De 101 a 500 soci@s: 6 puntos
• Más de 500 soci@s y/o Federación de Asociaciones: 8 puntos


•Aquellas que acrediten mayor antigüedad en su actividad en Sevilla 1 punto por cada año acreditado hasta un máximo de 4 puntos.
•Aquellas en las que al menos un tercio de su Junta Directiva sean mujeres. Hasta un máximo de 5 puntos.
•En caso de empate se atenderá al orden de presentación de la solicitud de candidatura en el Registro.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN

El plazo de inscripción para admisión de nuevas solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde la publicación de este anuncio en la web. Del 4 al 18 de junio de 2022.

La documentación se remitirá por Sede electrónica (acceso en este enlace) mediante Solicitud General adjuntando la documentación requerida indicando destino al Servicio de Intervención de los Servicios Sociales nº de Registro 02100.

Las entidades seleccionadas formarán parte del Consejo, procediéndose a la tramitación y notificación de su nombramiento como miembros del pleno del Consejo de Discapacidad, una vez publicada definitivamente la modificación parcial del REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SEVILLA DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD en el BOP.